Desde el pasado viernes 29 de mayo están disponibles en este enlace  las instrucciones del Programa de Gratuidad de Libros de Texto del Curso 20-21, en la que se especifican las condiciones de renovación y reposición de libros de texto, las actuaciones a llevar a cabo por parte de los centros, justificación, material de uso personal y cuadernillos y venta de libro de texto en los centros. Son las siguientes:

Renovación y reposición de libros de texto

Dado que la renovación íntegra de la etapa de Educación Primaria tuvo lugar en el anterior curso 2019/2020, en este curso escolar no corresponde la renovación de esta etapa con carácter general. Por tanto, en el curso escolar 2020/2021 únicamente se renovarán los materiales correspondientes a 1º y 2º (dado que los mismos, debido a sus características, han de adquirirse en cada curso escolar), en tanto que para el resto de los cursos se mantendrán los actuales. En cuanto a la tasa de reposición de primaria, las Instrucciones prevén que sea de un 10%, respetando, de esta forma, el porcentaje máximo previsto sin necesidad de justificación recogido en el artículo 8.5 de la Orden de 27 de abril de 2005. Por ello, en caso de que una vez concluida la revisión de los materiales constatéis la insuficiencia de esta tasa, os recomendamos que emitáis un informe acerca de la mayor necesidad de reposición y lo remitáis a la Delegación Territorial correspondiente.

Por tanto, las cuantías para la etapa de Educación Primaria quedan del siguiente modo:

Curso Nueva adquisición Tasa de reposición
1º y 2º de Primaria 137 euros
3º y 4º de Primaria 176 euros 10%
5º y 6º de Primaria 181 euros 10%

Por otra parte, el alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo (N.E.A.E) escolarizado en centros o aulas específicas de Educación especial contará con una dotación de 136,00 €, que el centro destinará a la adquisición de material específico para el mismo.

En cuanto a la Educación Secundaria, van a emitirse cheque-libros para los cursos de 1º y 3º. Se mantienen el resto de cursos de Educación Secundaria Obligatoria, así como Formación Profesional Básica, con idéntica tasa de reposición que en la etapa de Educación Primaria. Las cantidades para esta etapa, que se han mantenido con respecto al curso anterior, son las siguientes:

Curso Nueva adquisición Tasa de reposición
1º de ESO 250 euros
2º de ESO 250 euros 10%
3º de ESO 274 euros
4º de ESO 274 euros 10%
FPB 150 euros 10%

Actuaciones para llevar a cabo por los centros

Las cuestiones relativas a las actuaciones a llevar a cabo por parte de los centros no han sufrido apenas modificación, por lo que se deberán llevarse a cabo de una manera prácticamente idéntica a como se ha realizado en cursos precedentes.
Os recordamos brevemente las pautas a seguir en aquellos cursos en que se produce la emisión del cheque-libro, teniendo en cuenta las modificaciones previstas:

  • Selección de los libros entre los recogidos en el Registro de Libros de Texto de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Debéis tener en cuenta que la selección que efectuéis lo será por 4 años.
  • Grabación de los libros seleccionados en el sistema de información Séneca. Se señala en las Instrucciones que los centros disponen hasta el 30 de junio para realizarla, aunque dicho plazo se podrá alargar. Posteriormente deberá imprimirse el listado obtenido desde la plataforma y exponerlo en el tablón de anuncios del centro.
  • Entrega individual y directa del cheque-libro a las familias, como requisito. Debido a la situación actual, provocada por la pandemia de la COVID-19, se prevé la posibilidad de hacer dicha entrega, tanto de manera presencial como telemática. El centro docente conservará un registro de entrega de cheque-libro generado a través del Sistema de Información Séneca. Como os adelantamos en nuestra anterior circular, una vez se concreten los detalles sobre su uso, se remitirá información al respecto.

En cuanto a la reposición, se llevará a cabo igual que en cursos anteriores, teniendo en cuenta los porcentajes arriba indicados. No obstante, debéis tener en cuenta que, en el caso de necesitar una tasa superior a los mismos, la Dirección del centro realizará una solicitud de aumento de cuantía (cumplimentando el Anexo VI de las Instrucciones) y un informe a la Delegación Territorial correspondiente para que se transfieran las cantidades adicionales necesarias para el abono de dichos gastos. Dicha solicitud habrá de presentarse antes del 31 de mayo de 2021.

Justificación

La justificación del programa se realizará cumplimentando el Anexo XI específico en el Sistema Séneca, cuya generación y firma electrónica deberá realizarse antes del 30 de junio de 2021.

También debemos destacar que, al igual que el año pasado, las Instrucciones prevén que para el cálculo de las transferencias de los importes del programa, antes del 31 de octubre de 2020 se graben en el sistema Séneca las facturas que hasta ese momento hayan sido presentadas con cargo al Programa de Gratuidad en el curso 2020/2021.

Por último, aprovechamos para recordaros, en relación con el curso 2019/2020, que antes del 30 de junio deberán llevarse a cabo la justificación y la devolución, en su caso, de las cantidades ingresadas y no consumidas, mediante la cumplimentación del modelo 046, concepto 0517 y código territorial ED0000, de “Tasas, precios públicos, sanciones y otros ingresos”, de la Consejería de Economía y Hacienda de la Junta de Andalucía, realizando el ingreso en cualquier entidad colaboradora. Este modelo puede ser cumplimentado electrónicamente través de la página web de la Consejería de Hacienda, Industria y Energía.

Material de uso personal y cuadernillos

Como sabéis, cada año esta era una de las cuestiones que más polémica levantaba en torno a las Instrucciones de Gratuidad. El año pasado se eliminó la referencia a que el programa atendiese a la totalidad de las necesidades económicas de las familias para los gastos, tanto en libros de texto como materiales curriculares completos y suficientes para el alumnado. Sí que se mantenían, y actualmente mantienen, otras disposiciones que se oponen al desembolso por parte de las familias, pero referido exclusivamente a la compra de libros de texto, no estableciéndose nada respecto al resto de material. En el párrafo final de la Instrucción Séptima se establece que “En cualquier caso, los centros docentes sostenidos con fondos públicos no podrán requerir a las familias ningún tipo de contribución económica para la adquisición de libros de texto”.

A continuación, en la Instrucción Decimotercera se indica que “Asimismo, se informará a las familias o representantes legales del alumnado, que en ningún caso estarán obligados a adquirir libros de texto o cuadernillos para los cursos en los que esté implantado el Programa de Gratuidad de Libros de Texto”.

Atendiendo a la redacción de las Instrucciones, vemos que se flexibiliza la prohibición de uso de materiales curriculares complementarios, entendiéndose que es posible indicar la adquisición voluntaria de determinados materiales, aunque como en años anteriores hacemos una llamada al uso racional de los mismos en aquellos casos en que exista una justificación pedagógica.

Venta de libros de texto en el centro educativo

Para el curso escolar 2020/2021 se mantiene la redacción consensuada en cursos anteriores, que establece la prohibición de gestión de los cheque-libros por parte de AMPAS, asociaciones o el propio centro educativo, salvo cuando se cumplan los requisitos establecidos para su venta. Por tanto, es importante que verifiquéis que la situación en vuestros centros se ajusta a la normativa y para ello debes comprobar los siguientes extremos:

– Requisitos fiscales:
a. Declaración censal de alta en la actividad de venta de libros mediante la cumplimentación del modelo 036.
b. Declaraciones trimestrales de IVA (Modelo 303) y Declaración resumen anual (Modelo 309).
c. No es necesaria el alta en el Impuesto de Actividades Económicas, ya que de conformidad con el Real Decreto Legislativo 1175/1990, que engloba las enseñanzas regladas en el epígrafe 931, la venta de libros se encuentra incluida por el alta en este epígrafe.

– Requisitos relativos al programa de gratuidad de libros de texto:
Como conocéis, la Orden de 27 de abril de 2005 y demás normativa reguladora del programa de gratuidad establece que serán las familias quienes decidan en que establecimientos desean adquirir los libros de texto. Por ello, para evitar que pueda entenderse la existencia de competencia desleal, deberán llevarse a cabo las siguientes actuaciones:
a. Emisión de la totalidad de los cheque-libros y entrega a las familias mediante la firma del correspondiente recibí.
b. Información adecuada a las familias mediante la entrega de circular en la que conste la posibilidad de retirar los libros de texto tanto en el centro educativo como en cualquier otro establecimiento de su elección.

Por último, desde la Consejería de Educación entienden la existencia de un requisito adicional: que la venta se produzca en local distinto del centro educativo, por lo que os recomendamos que lo tengáis en cuenta a la hora de realizar las oportunas gestiones.

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